jueves, 28 marzo 2024

El futuro del Código de las Familias

La entrada en vigor del Código de las Familias cierra un ciclo y abre otro con los derroteros normativos e institucionales que esto supone, tanto objetivos como subjetivos.

Hace unos días recordaba la consulta constitucional y la polémica suscitada en torno a aquellos artículos que redefinían el matrimonio en Cuba, abriéndolo a uno modelo sin moldes, que se ajustara a una sociedad que en el ámbito familiar dista mucho de aquella que reflejara la antecesora Constitución de 1976.

Para algunos resultaba una propuesta atrevida definir el matrimonio en la Constitución pues no era imprescindible, ni siquiera resulta una práctica constitucional generalizada. Sin embargo, la que se encontraba vigente lo había conceptualizado hacía más de 40 años y el constituyente cubano quiso seguir la tradición. Sin embargo, esta solo se seguiría en un sentido que pudiéramos llamar metodológico pues el contenido y alcance de la institución matrimonial debía cambiar radicalmente.

Estudios realizados por especialistas cubanos de diversas ciencias sociales habían alertado científicamente respecto a los profundos cambios en la conformación plural familia cubana y los juristas en especial, clamaban por la necesidad de ofrecer protección a nuevas situaciones que 20 años antes ni siquiera se hubieran sospechado.

La emigración; la igualdad de las mujeres y su empoderamiento social, laboral e incluso cultural; la ruptura de estrictos moldes machistas que poco a poco han ido cediendo estructuralmente hacia la corresponsabilidad en el seno familiar; la visibilización en nuestro país de las personas con identidad de género y preferencias sexuales diversas y sus desgarradoras historias de desprotección, entre muchas otras causas, impulsaron un proceso de concientización de los juristas en cuanto al atraso y el desfase de la legislación familiar cubana respecto a una realidad que ya desandaba rumbos diferentes.

Lamentablemente esta desconexión era palpable también con respecto a la posición que antaño había asumido sobre el tema del matrimonio la Constitución vigente.

Recuerdo vívidamente un congreso internacional donde el querido y ya popularmente conocido profesor Leonardo Pérez Gallardo ilustró a los presentes, en una magistral conferencia de clausura, sobre la metamorfosis de la familia cubana y la diversidad que en ella se manifestaba. Los juristas presentes, ciudadanos de esta isla, comenzamos a identificar aquellos modelos con vecinos, conocidos, colegas y para muchos quizás, fue la primera vez en la que comprendimos el gran problema que debía enfrentar el derecho en los años posteriores para dar cobija a esa diversidad.

Retomando la idea inicial, en el año 2018, al valorarse el proyecto de Constitución y sobre todo los criterios que en torno a la regulación familiar proponía, hubo que acudir a una fórmula constitucional menos específica, reservándola al futuro Código, pero que sirviera igualmente de plataforma para más derechos y eliminara cualquier posibilidad de anclaje constitucional a la discriminación en el ámbito familiar. Incluso los debates entre los diputados respecto a este particular mostraron la riqueza de opiniones que de nuestra Asamblea Nacional demanda el pueblo cubano, los que fueron televisados en días en que muchos se mantuvieron siguiendo de cerca el futuro constitucional de la nación en un proceso sin precedentes.

La formulación normativa finalmente aprobada resultó un tanto neutral pero apegada a los designios sociales y con las necesarias potencialidades para ser desarrollados en la futura ley específica, los derechos familiares demandados socialmente. Se abrían entonces dos caminos, o se dejaba la responsabilidad de aprobación de ese futuro cuerpo normativo al órgano legislativo en exclusiva, a través de un proceso legislativo ordinario, o se dotaba a esa futura ley familiar de los mismos mecanismos de participación con que había contado el proceso constitucional, es decir, la consulta y el referéndum. Como resulta evidente, triunfó la segunda opción, lo que fue declarado en la disposición transitoria decimoprimera de la Constitución de 2019.

Aunque resultó una polémica decisión con válidos argumentos a favor y en contra, sobre todo por los peligros que esto podría suponer de cara a la aprobación de la novedosa normativa familiar que se proyectaba desde hacía años, la práctica ha demostrado que el impacto social de los debates suscitados en torno a este Código, ha sido positivo y necesario.

La unanimidad es imposible en torno a temas tan polémicos como los que regula esta ley y sobre todo con una proyección tan revolucionaria que sacude cimientos ideológicos de las familias que se han construido durante siglos, pero eso nos ha obligado a los juristas a perfilar los argumentos, a acercarnos a las personas a explicar sin artilugios jurídicos incomprensibles.

Este maravilloso proceso ha servido para que muchas personas se sientan más cerca del derecho desde donde este se construye y no como simples receptores. Estoy segura de que puede catalogarse como un proceso de sensibilización que ha obligado a las personas a mirar a su lado, que ha permitido que muchas familias cuenten sus historias en las redes con orgullo, historias a veces guardadas con celo y protegidas de la crítica popular implacable. Este proceso de diálogo, más que todo, ha liberado a muchas familias del miedo a mostrar una realidad diferente, incomprendida a veces.

Este proceso, en un momento de durísimas carencias económicas, de separaciones familiares por la emigración, de egoísmos e incertidumbres, ha devuelto esperanzas. Así veo a nuestro nuevo Código de las Familias, como una fuente de esperanzas para los abuelos que hace años no pueden ver a sus nietos o los han tenido como hijos sin posibilidades de representación; para los ancianos que por algún designio de la vida están solos y vulnerables; a los que nos vemos en unos años en su situación; a las madres y padres que parten a otras tierras dejando detrás a sus hijos ahora bajo seguro resguardo legal; a los padrastros que han sido padres sin papeles; a las personas homosexuales que conviven en parejas por largo tiempo sin poder formalizar legalmente su unión y gozar de la protección legal que ello implica; esperanza para las víctimas de violencia; para las personas que por problemas de infertilidad no han podido procrear naturalmente, entre muchas otras circunsatancias. Todos ellos, a sus problemas cotidianos tienen que sumar conflictos personales y familiares que hoy pueden ver amparados legalmente.

Es imprescindible la empatía por el prójimo, han sido tiempos de unidad en la diversidad, de ponderar la sensibilidad y el afecto por encima de los prejuicios. Las personas siempre tienen la posibilidad de escoger su camino, sus creencias, sus modelos, pero no tienen el derecho cuartar el disfrute que otros merecen de ese mismo derecho. Entonces el Derecho es responsable de establecer las pautas y mecanismos protectores para que todos construyan la vida familiar que han elegido y también debe establecer los límites para que esta no sea perturbada, tomando siempre como pauta los derechos humanos y en especial la igualdad y la dignidad de todos, valores esenciales de nuestro ordenamiento jurídico.

Este Código ha representado un símil de lo que significa para las personas religiosas la declaración de laicidad del Estado, representa la asunción de una neutralidad estatal pero proactiva a la protección de todos los modelos familiares sin destacar ninguno en especial. El proceso que nos ha conducido a este punto ha sido fértil, para algunos agotador, pero indudablemente enriquecedor, constructivo, colectivo, cultural, inclusivo, sensibilizador y humanista.

La publicación de estas reflexiones indica que ha sido aprobado el código por más de la mitad de los votantes, lo que representa un triunfo para la sociedad y el derecho cubanos, un símbolo de ruptura con la legalización de viejos cánones, el redimensionamiento de conceptos e instituciones jurídicas familiares y la promesa de felicidad para muchos cubanos y cubanas.

Es momento de agradecer a los profesores que como especialistas elaboraron con milimétrica técnica y amor infinito este código que dejan como legado para las futuras generaciones. Agradecemos sus noches de desvelo, de estudio, sus debates, el perfeccionamiento de cada norma, la explicación certera en los medios y dondequiera que se reclamaran sus esfuerzos, toda Cuba ha sido testigo de su entrega y su pasión por lo justo.

Estamos ante una disposición normativa que ha bebido de múltiples saberes científicos y que ha aunado diversas disciplinas por un noble objetivo común y Cuba no puede más que agradecer a todos ellos. También a las autoridades electorales, a los juristas que, en cada barriada, en cada rincón del país explicaron, debatieron, contribuyeron al resultado que se ha alcanzado. A los activistas que no se cansaron de defender sus causas con respeto, a las familias que contaron sus historias sui géneris, a los estudiantes universitarios que también se implicaron, a todas las personas que dieron un sí en las urnas por un futuro sin discriminación, a los que hicieron suya esta batalla. También a los que aun sin estar de acuerdo con todos sus preceptos, escucharon, aprendieron y se abrieron a una realidad ajena.

Gracias al Código por lo que ha generado, por poner sobre la mesa aquello que se hablaba bajito, por hacernos evolucionar y compartir, por acunar anhelos y sobre todo porque nos ha colocado en una posición de avanzada en el contexto del derecho familiar mundial, en un momento en que en muchos países observamos con tristeza y asombro la desarticulación de derechos conquistados hace décadas.

Pero ¿qué pasará en lo adelante? Para que una ley cobre vida debe respetarse y aplicarse, por lo que el reto será para las autoridades e instituciones. Partiendo de una cultura jurídica popular que respecto a estos temas ha generado el mismo proceso de consulta y referendo, será imprescindible que los ciudadanos conozcan a dónde dirigirse en cada caso y, sobre todo, que las instituciones asuman el rol que ante el código corresponde a cada una.

En las próximas entregas de esta columna, antes de dar paso a otros temas jurídicos, vamos a publicar una serie de artículos dedicados expresamente a las funciones que a partir de la entrada en vigor del Código de las Familias corresponde a órganos e instituciones esenciales como garantes de sus normas, fundamentalmente los Tribunales, Bufetes Colectivos y Notarías, aunque igualmente otros como la Policía, la Federación de Mujeres Cubanas, la Fiscalía, los Registros del Estado Civil igualmente deben implicarse en este proceso de manera esencial o acompañando y orientando a las personas que pretendan encauzar jurídicamente determinadas situaciones familiares.

Otras disposiciones normativas deberán dictarse o modificarse en aras de articularse con los preceptos de este Código, a fin de eliminar vacíos o contradicciones normativas que puedan generarse con su inserción en el ordenamiento jurídico. Habrá que preparar además a los funcionarios y empleados que tengan en sus manos la misión de aplicar estas normas con la sensibilidad que requieren, superando en ocasiones convicciones personales.

Todo ello significa que su entrada en vigor cierra un ciclo y abre otro con los derroteros normativos e institucionales que esto supone, tanto objetivos como subjetivos. Lo cierto es que tan importante como el proceso que acaba de culminar, resulta el que acabamos de comentar, porque una ley puede convertirse en letra muerta si no se realiza su contenido de manera adecuada y fiel a los valores que le sirven de pilares esenciales.

Seamos fieles en lo adelante a la voluntad soberana plasmada en este novedoso Código de las Familias cubanas, sin perder el rumbo que en tal empeño nos pautan la defensa de supremos valores como la igualdad, la dignidad y el amor.


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