viernes, 19 abril 2024

Pago del deber social

Todos los contribuyentes usufructuarios de tierra tienen el deber social del pago por el impuesto de la tierra.

Todos los contribuyentes usufructuarios de tierra tienen el deber social del pago por el impuesto de la tierra.

Todos los contribuyentes usufructuarios de tierra tienen el deber social del pago por el impuesto de la tierra, cuya fecha límite de pago vence el próximo 30 de septiembre, según informa la Oficina Nacional Tributaria (ONAT) en Villa Clara.

Esta contribución es un aporte mínimo y solidario al financiamiento de un sistema que lo protege a él y a su familia al recibir luego la pensión de jubilación, cubre los riesgos por invalidez, las licencias de maternidad de las madres trabajadoras y otros derechos constitucionales reconocidos a los trabajadores.

Para ello, a inicios de año recibieron el paquete fiscal y dentro de él el vector fiscal, documento que deben llevar a las agencias bancarias para efectuar el pago a la seguridad social.

Si alguno no recibió dicho documento, debe dirigirse a las oficinas de la administración tributaria para que se le entregue, y entonces así efectuar su tributo.

Los que no asistan antes del 30 de septiembre a efectuar el pago correspondiente, están expuestos a un régimen sancionador donde se le aplicaran recargos por mora y multas.


Eleonora María Flores Pedraza

Periodista Licenciada en Historia y Ciencias Sociales 1984, muestra interés por el periodismo y los problemas de la sociedad.

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