martes, 26 marzo 2024

Cuba aprueba decreto ley de bienestar animal

En entrevista realizada al Director de Sanidad Animal Yobani Gutiérrez Ravelo, explica que como fruto de la labor desarrollada por el Grupo de Trabajo Temporal, intersectorial y multidisciplinario constituido en enero de 2020 e integrado por cuarenta y dos representantes de diferentes Organismos de la Administración Central del Estado (OACE), centros de investigación, productores, criadores y asociaciones vinculadas con la crianza y producción animal, así como la decisiva y enriquecedora participación de nuestro pueblo, a través de diferentes vías de comunicación con opiniones, sugerencias y recomendaciones, este 26 de febrero de 2021 fue aprobado por el Consejo de Estado el Decreto-Ley de Bienestar Animal, norma jurídica que sustenta la implementación de la Política de Bienestar Animal en Cuba, aprobada el 19 de enero de 2021.

En la tarde de este viernes sesionó el Consejo de Estado de la República de Cuba con el objetivo de evaluar temas de su agenda de trabajo para el presente período.

La reunión se desarrolló mediante videoconferencia desde el Capitolio de La Habana, estuvo presidida por Esteban Lazo Hernández, titular de la Asamblea Nacional del Poder Popular, y contó con la presencia de Miguel Díaz-Canel Bermúdez, presidente de la República, y Manuel Marrero Cruz, primer ministro.

En la sesión se evaluó el cumplimiento del Acuerdo No. 121 del órgano legislativo, del 21 de octubre del 2020, por el que atendiendo a la difícil situación generada por la COVID-19, se decidió no realizar el proceso de rendición de cuenta de los delegados a sus electores el pasado año.

Por este acuerdo también y para suplir lo anterior, los delegados fueron liberados de sus funciones laborales y se indicó a las Asambleas Municipales del Poder Popular y los Consejos Populares realizar acciones encaminadas a lograr un mayor vínculo de esos representantes con sus electores.

Los miembros del Consejo de Estado coincidieron en que las acciones realizadas permitieron que los delegados del Poder Popular mantuvieran una participación más activa en las circunscripciones, lograran mayor interacción con la población, e impregnaran celeridad a la solución de los planteamientos.

Además, este órgano, en correspondencia con el Cronograma Legislativo, aprobó el decreto-ley “De Bienestar Animal”, el que entrará en vigor a los noventa días posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial de la República.

Esta disposición normativa establece las obligaciones de las instituciones y las personas naturales respecto a la protección y cuidado de los animales, y contribuirá a concientizar a la población en el respeto y la tenencia responsable de los mismos.

Durante el análisis del proyecto, se reconoció el actuar histórico de la Revolución en defensa de los animales, con un amplio basamento jurídico, que ahora alcanza un rango normativo superior.

Los integrantes del Consejo de Estado se refirieron a la transparencia de la consulta con los ciudadanos y diferentes instituciones para la conformación definitiva del texto, a la vez que expresaron sus opiniones sobre varios asuntos contenidos en el articulado, previo a su aprobación de manera soberana.

Al hacer uso de la palabra, el Presidente de la República destacó la importancia del decreto-ley, moderno, atemperado a la Cuba actual y resultado del diálogo con la población, como fiel reflejo de nuestra democracia socialista.

El Consejo de Ministros, en un plazo de hasta 90 días hábiles a partir de la aprobación del citado decreto-ley, emitirá su Reglamento.

Fuente: Parlamento cubano


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